Nos dirigimos a vosotros para informaros de los cambios de última hora que ha sufrido el Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo sobre el que trataba el último artículo que publicamos a este respecto.
A última hora del domingo, poco antes de las 12:00 de la noche, el Gobierno de España modificó el Real Decreto Ley sacando a las empleadas del hogar del Anexo donde se relacionan los servicios esenciales que pueden seguir trabajando, por lo que, en principio, ahora parece que sí podrían disfrutar del permiso retribuido recuperable…
Sin embargo, hay cierta ambigüedad en este tema, ya que en el Anexo del Real Decreto Ley, donde relaciona las personas que trabajan por cuenta ajena a las que no será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado – por tanto servicios que quedan fuera del permiso retribuido recuperable – encontramos dos puntos: el punto 9 y el punto 18 que dan lugar a la confusión:
- En el punto 9 del Anexo del Real Decreto Ley, se habla de “… personas que (i) atiendan mayores, menores, personas dependientes o personas con discapacidad…” que podría incluir a las empleadas del hogar aunque no se las mencione expresamente.
- En el punto 18 del Anexo del Real Decreto Ley también se habla de personas “…que presten servicios de limpieza…” aunque tampoco mencione a las empleadas del hogar expresamente.
A nuestro parecer, estas ambigüedades dan lugar a la libre interpretación de cada uno, ya que no se menciona expresamente al colectivo de empleadas del hogar en la versión del BOE que publicaron a última hora de la noche del domingo.
Sentimos no poder despejar dudas más allá de este análisis de una ley que deja evidentes lagunas.