A partir del 14 de noviembre de 2025, entra en vigor el Real Decreto 893/2024, de 29 de octubre, que regula la protección de la seguridad y la salud de las personas empleadas del hogar en España. Esta normativa equipara los derechos en materia de prevención de riesgos laborales de las empleadas del hogar (y otros trabajadores domésticos) a los del resto de los sectores, imponiendo nuevas obligaciones a los empleadores para garantizar un entorno de trabajo seguro en el domicilio familiar. A continuación, detallo las principales obligaciones nuevas relacionadas con los riesgos laborales:

1. Evaluación de riesgos laborales
•  Debéis realizar una evaluación específica de los riesgos en el puesto de trabajo del hogar, considerando actividades como la limpieza, cocina, planchado, manipulación de productos químicos, riesgos ergonómicos (por posturas forzadas), eléctricos o de caídas.
•  Esta evaluación debe identificar los peligros potenciales y proponer medidas preventivas.

2. Adopción de medidas preventivas
•  Implementar acciones correctoras para eliminar o minimizar los riesgos detectados, como mejorar la ventilación, usar productos no tóxicos o adaptar el mobiliario.
•  Entregar equipos de protección individual (EPI), como guantes o calzado antideslizante, cuando sea necesario y sin coste para la empleada.

3. Información y formación
•  Informar a la empleada sobre los riesgos identificados y las medidas preventivas adoptadas.
•  Proporcionar formación básica y específica sobre prevención de riesgos, adaptada a sus tareas.

4. Planificación de la actividad preventiva
•  Elaborar un plan que incluya las medidas a tomar, los responsables (tú como empleador) y los plazos para su ejecución.
•  Realizar vigilancia de la salud mediante reconocimientos médicos periódicos, gratuitos y voluntarios para la trabajadora.
Plazo de cumplimiento
Todas estas obligaciones deben estar implementadas antes del 14 de noviembre de 2025. Es recomendable actuar con antelación para evitar retrasos.

Cómo cumplirlas de forma sencilla
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ofrece una herramienta gratuita y accesible en su portal Prevencion10.es, bajo el servicio “Evalúa-t Hogar”. Esta guía paso a paso genera automáticamente tres documentos oficiales:
•  Evaluación de riesgos laborales.
•  Plan de actividad preventiva.
•  Documento informativo para la empleada.
No requiere conocimientos técnicos: solo respondeis preguntas sobre vuestro hogar y tareas, firmais digitalmente y descargais los archivos.

Además, hay un teléfono de ayuda gratuito: 900 202 023. Guardad copias firmadas, entregad una a la empleada y actualizadlas si cambian las condiciones. Si hay riesgos complejos, consulta un servicio de prevención ajeno.

Consecuencias del incumplimiento
El no cumplir puede derivar en responsabilidad civil o penal en caso de accidente laboral, así como en sanciones administrativas de hasta miles de euros por infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales (según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales). La Inspección de Trabajo puede requerir la documentación en cualquier momento.

Si tienes dudas específicas sobre tu caso, te recomiendo contactar con el INSST o un asesor laboral.

Preguntas frecuentes sobre el nuevo decreto de riesgos laborales

¿Desde cuándo son obligatorias las nuevas medidas de riesgos laborales para empleados del hogar?

Desde el 14 de noviembre de 2025, con la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, de 29 de octubre, que equipara los derechos en materia de prevención de riesgos laborales de las empleadas del hogar a los del resto de sectores, imponiendo nuevas obligaciones a los empleadores para garantizar un entorno de trabajo seguro en el domicilio familiar.

¿Cómo puede un empleador cumplir con la evaluación de riesgos laborales de forma sencilla?

Con la herramienta gratuita “Evalúa-t Hogar” del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), disponible en su portal Prevencion10.es. Esta guía paso a paso genera automáticamente la evaluación de riesgos laborales, el plan de actividad preventiva y el documento informativo para la empleada, sin necesidad de conocimientos técnicos.

Javier Peralta Escrito por Javier Peralta, socio fundador de Mimucama

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